¿Cómo etiquetar tu contenido por edad? 

¿El trabajo de los influencers afecta negativamente a los menores? Se dice mucho esto y en algunas situaciones es verdad, pero no siempre. De hecho, existen creadores que sí se preocupan y toman medidas como adecuar su contenido y aplicar la restricción por edad a él.  

No obstante, no son la mayoría. Y eso tenemos que reconocerlo quienes trabajamos en el sector. Prueba de eso, es la multa que ha recibido Jordi Wild, que ha sido un llamado de atención no solo hacia él, de manera personal, sino a todo el sector creativo.  

Todavía hay mucho por hacer. Más en estos momentos, donde la protección de los menores es una preocupación social muy actual y las autoridades están legislando en consecuencia. Una de las principales medidas para lograrlo es la regulación del acceso a los menores de contenido dañino para ellos. Y el medio para obtenerlo es su clasificación por edad. 

Aunque desde 2015 ya existen normas básicas que establecen esta necesidad, La Ley de Influencers ha incrementado la exigencia para los creadores. Y recientemente, el Acuerdo de corregulación en el sector audiovisual ha establecido los criterios que deben usarse para lograrlo.  

Así que, si te estás preguntando cómo etiquetar el contenido por edad, cuándo debes hacerlo y qué sucedería si no cumples, en este artículo te lo contamos. Continúa leyendo: 

¿Quiénes deben etiquetar el contenido por edad? 

La primera pregunta que muchos creadores suelen hacer es si la normativa de clasificación de contenido por edad aplica a todos y la respuesta es no. Por el momento, solo están obligados por las normas españolas los usuarios de especial relevancia (UERs). Es decir, aquellos creadores que cumplen con los requisitos que establece la Ley de Influencers (que puedes consultar en este artículo).  

Pese a esto, es importante que tengas en cuenta otras dos situaciones más por las que deberías considerar clasificar por edad tu contenido. Una de ellas es algo a lo que están sometidos todos los creadores: las normas de las plataformas.  

Twitch y X específicamente tienen políticas de clasificación de contenidos, mientras que otras como YouTube no tienen una exigencia, pero sí ofrecen la alternativa de hacerlo.  Por su lado, Instagram utiliza un sistema automático para evitar mostrarle a adolescentes contenido inadecuado para su edad. Aunque es cierto que también posibilita que los creadores configuren una edad mínima para ver su contenido.  

La otra situación es la corriente regulatoria actual. En EE.UU. recientemente le han exigido a Meta que adapte su configuración para proteger a los menores. Y en la UE se acaba de anunciar el proyecto de la Ley de Niños, que podría imponer un escudo en internet para los menores aún mayor. 

Así que, si bien estas normas están dirigidas hacia las plataformas, es probable que sus efectos terminen trasladándose a quienes trabajan en ellas. Y también podrían generarse normas más estrictas respecto a la clasificación de edad para todo tipo de creador.  

¿Qué contenido debe tener restricción por edad? 

Es cierto que generalmente tenemos una idea de que los menores no deberían tener acceso a contenidos sobre determinados temas. Pero hay otros casos en los que no es tan claro que sea perjudicial. 

Según el acuerdo de corregulación que hemos mencionado, son estos los 7 temas que deben calificarse según la edad:  

Violencia:  

No solo se refiere a la violencia física y psicológica, sino también a la de género, doméstica. También se consideran contenidos donde se presentan o representan actos que violan los derechos o la dignidad humanos y la violación o agresiones sexuales. 

Sexo:  

Contenido con cuerpos desnudos o desnudándose, insinuaciones de actos sexuales, actos sexuales con genitales visibles o no visibles, prostitución, sadomasoquismo y vejaciones relacionadas con el sexo. Se incluyen del mismo modo la pedofilia y la zoofilia.  

Miedo o angustia:  

Los contenidos que presentan graves conflictos emocionales o situaciones extremas que generen angustia o miedo, experiencias traumáticas trágicas e irreversibles, sufrimiento extremo de personas o animales, crueldad, inminencia angustiosa de la muerte, víctimas con lesiones graves o muertes por accidente o catástrofes naturales. Asimismo, cadáveres humanos que generen miedo o angustia (zombies, por ejemplo), criaturas fantásticas con actitudes o comportamientos terroríficas (las brujas, fantasmas, monstruos, etc). También el espiritismo, posesiones, exorcismo o presencias diabólicas. 

Drogas y sustancias tóxicas:  

Se consideran contenidos con presentación o presencia de fabricación o almacenamiento de drogas ilegales, uso de sustancias ilícitas para provocar efectos psicóticos, la drogadicción y sus efectos. Además, se incluyen los que hacen referencia a la comercialización de drogas ilegales. También los comportamientos de consumo desmedido o no controlado de alcohol, alcoholismo y el tabaquismo.  

Discriminación: 

Contenidos con discriminación a personas, países, culturas, ideologías, filosofías, religiones, razas y minorías.   

Conductas imitables:  

Como comportamientos que lesionen gravemente los derechos de los demás, corrupción institucional, actos vandálicos contra el patrimonio o la propiedad, violencia callejera. También se cuentan hábitos gravemente perjudiciales para la salud como la anorexia, la bulimia, el culto a la delgadez extrema o la ludopatía.   

Lenguaje:  

Se consideran dentro de esto las expresiones, provocaciones, insinuaciones o alusiones violentas, dañinas u ofensivas, indecentes, groseras o con orientación sexual obscena. Del mismo modo las expresiones intolerantes o discriminatorias. 

¿Cómo etiquetar el contenido por edad? 

Ahora vamos a ver lo práctico: cómo etiquetar el contenido según la edad. Para empezar, debes saber que no solo existe la restricción por edad ni solo la etiqueta +18. Estas son todas las etiquetas que puedes colocarle a tu contenido: 

  • Infantil: Que ha sido especialmente creado para niños. Pueden ser contenidos con personajes, tono o temas infantiles, pero también contenidos educativos, artísticos, que fomenten valores positivos o prevengan conductas negativas. 
  • TP: Contenido apto para todo público.  
  • +7: No recomendados para menores de 7 años. 
  • +12: No recomendado para menores de 12 años. 
  • +16: No recomendado para menores de 16 años. 
  • +18: No recomendado para menores de 18 años 
  • X: Contenido que por sus características es restringido. 

Un contenido TP o +7 también puede ser considerado infantil si cumple con las características de su categoría. 

El contenido publicitario también debe adecuarse a la protección de menores. Lee este artículo para conocer cómo: ¿Se puede hacer publicidad dirigida a menores? 

¿Cómo elegir la etiqueta de clasificación por edad adecuada? 

Una pregunta que debe surgirte luego de conocer esta clasificación debe ser ¿cómo sé cuál le corresponde a mi contenido? Y hay cosas que son fáciles de clasificar, como el Dogfight Wild Tournament de Jordi Wild, que, por la cantidad de violencia y el lenguaje utilizado, indica que es para +18. Pero otras no tanto.  

En ese caso, es mejor consultar el cuadro de clasificación que se encuentra en los anexos del Acuerdo de corregulación mencionado arriba. Aunque es cierto, que el texto no es tan claro. Pero cualquier duda puede ser resuelta enviándole un correo a Autocontrol o consultando con un abogado especializado en el tema, como nosotros en Talos. 

Como orientación, podemos decirte que cuando el contenido contenga los temas mencionados de forma accesoria, fugaz e irrelevante o mínima puede ser considerado entre las etiquetas Infantil, TP o +7. También si se presentan estos temas desde un punto de vista fantástico, romántico (en el caso del sexo) o se les da solución en el guion.  

En cambio, cuando la presencia o presentación de esos temas es explícita, detallada, continua y con consecuencias negativas, las etiquetas que corresponderían pueden ser entre +12 o +16. 

Si estos temas son presentados positivamente, se exaltan, destacan o incitan a realizarlos, es cuando se debe poner la etiqueta +18. 

Finalmente, los contenidos que deben ser clasificados como X son aquellos en los que la violencia y el sexo son explícitos, detallados y frecuentes. También cuando se presenta violencia extrema (en el sexo también) con la intención de demostrar la vulnerabilidad del cuerpo. Por ejemplo, el gore, podría ser clasificado como X.  

Dónde poner la etiqueta de clasificación  

Si las televisiones tienen un horario específico para colocar contenido +18, los UERs tienen ubicaciones para poner la etiqueta según el tipo de contenido: 

  • En directos: La etiqueta debe estar permanentemente a lo largo del directo en un lugar visible. Si, por ejemplo, estás haciendo contenido apto para todos los públicos y decides comenzar a hablar de drogas, debes cambiar la etiqueta, pero advirtiendo previamente a la audiencia. 
  • En el perfil o en los vídeos largos: La etiqueta debe colocarse en el thumbnail y al inicio del vídeo. 
  • En los vídeos cortos (menos de 1 minuto): Solo deben tener la etiqueta si el contenido no es apto para todos los públicos y en ese caso, debe estar en cualquier lugar visible. 

Los descriptores de contenidos 

Ah, pero no solamente es necesario poner la clasificación del contenido por edad. El citado acuerdo también requiere la inclusión de etiquetas que lo describan cuando es inadecuado. Por ejemplo: «violencia», «sexo», «drogas», «lenguaje soez», etc. Deben colocarse al inicio del contenido. 

¿Las herramientas de restricción por edad de las plataformas son útiles? 

Otra forma de evitar que los menores accedan a contenido inapropiado para su edad son las herramientas de restricción por edad propias de la plataforma. Por ejemplo, la casilla de «No, it’s not made for kids» de Studio de YouTube. O, en el caso de TikTok, «Limitar a los espectadores».  

Estas herramientas son bastante útiles porque facilitan el control parental, incluso cuando los padres no pueden vigilar lo que está viendo su hijo. Por ejemplo, en el caso de Tiktok, la función Sincronización Familiar, permite que se filtren vídeos que no son adecuados para un menor. Y al haber limitado a los espectadores por edad, obviamente estos vídeos no se les mostrarán. 

Sabemos que los creadores están en contra de herramientas como estas porque limitan el alcance de su contenido. Pero si este no está pensado para que lo vea todo el mundo, como en el caso del Dogfight Wild Tournament, entonces no tendría que ser un problema. Por supuesto, las herramientas de restricción de edad son útiles para contenidos que podrían ser clasificados como +18 o X, pero no tanto para las otras categorías.  

Y ¿qué dice el acuerdo de autorregulación de estas herramientas? No se refiere a ellas. Pero dado que existe en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) una obligación de proteger a los menores, nuestro consejo es activarlas. Aunque no significa que con esto sea suficiente. De todas maneras, tienes que etiquetar el contenido por edad de manera visible dentro del vídeo y poner los descriptores necesarios.  

¿Qué sucede si no cumples? 

Ya hemos visto qué sucede cuando no se cumple con clasificar un contenido por edad con el caso de Jordi Wild: una multa de la CNMC. Pero los detalles son un poco más complejos que los 1543,44 euros que fue condenado a pagar.  

Porque con la publicación del acuerdo de corregulación ya existen dos normas que establecen sanciones monetarias (aparte de otras no monetarias): la LGCA y el propio acuerdo. Estableciéndose de este modo el rango de multas que podrían pagar los UERs: 

  • Si no cumples con la obligación de clasificar el contenido según la edad, la infracción se considera grave y la multa es de hasta 30 mil euros.  
  • Si clasificas el contenido, pero de manera incorrecta, la sanción la aplica Autocontrol y puede ser hasta de 750 euros si tus ingresos son menores a 100 mil euros. Si, por el contrario, ganas hasta 2 millones de euros, las sanciones pueden alcanzar los 7.500 euros.  

Como hemos visto en caso de Jordi Wild, la cuantía final puede depender de varios factores que pueden incrementarla o atenuarla. En cualquier caso, si no lo hiciste antes, este es el momento en el que resulta más necesario que nunca contar con un abogado. Una respuesta adecuada puede en algunos casos hasta cerrar la reclamación sin sanción alguna.

Recomendaciones finales 

Si eres UER (aunque no estés registrado), tienes la obligación de adherirte al acuerdo de corregulación recientemente firmado, conforme a la normativa. Por lo tanto, estás obligado a clasificar tu contenido y a aplicar la restricción por edad.  

De no hacerlo, te sometes a multas y otras sanciones que puedan imponerte las autoridades o Autocontrol.  

Si no lo eres, es mejor ir considerando la posibilidad de hacerlo también, sobre todo en contenidos inapropiados. El mundo se está volviendo progresivamente más protector con los menores en internet. Y eso puede derivar en que, en algún momento, se te exija también cumplir.  

Pero si ya te encuentras ante la apertura de un proceso sancionador, acude ahora mismo con un abogado especializado en influencers que te permita responder adecuadamente. Pide una cita con nuestros abogados en Talos para ayudarte a reducir la posibilidad de una multa. 

 

Foto de Zulfugar Karimov en Unsplash